El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) ha comunicado que retirará de la Rendición de Cuentas el artículo 136, el cual proponía la creación de un registro público de empresas exportadoras sancionadas por infracciones sanitarias. No obstante, se mantendrá en el articulado una sanción de suspensión de 90 días para las firmas infractoras.
El ministro Alfredo Fratti explicó que esta decisión se alcanzó tras conversaciones con los legisladores. Fratti admitió no haber sido un defensor inicial del listado, aunque los informes técnicos lo sugerían. Sin embargo, optó por respaldar la perspectiva de los parlamentarios, considerándola «razonable».
El jerarca enfatizó la relevancia de la sanción temporal: «Los que resulten ‘sancionados’ —lo cual permanece en el articulado por 90 días de forma preceptiva— podrán, posteriormente, realizar sus descargos. Pero Uruguay no puede permitir que alguien que envió ganado sin cumplir los tiempos estipulados continúe exportando. Por ello, la medida de 90 días está asegurada», detalló Fratti.
En otro punto, el ministro afirmó que el Instituto Nacional de Colonización cumplirá sus objetivos pese a los recortes presupuestales. «Como saben, los recursos son limitados. La prioridad en este caso ha sido la pobreza infantil, pero esto no mermará la labor del instituto», sostuvo Fratti.
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